miércoles, 5 de noviembre de 2014

"NIA 705 OPINIÓN MODIFICADA EN EL INFORME EMITIDO POR UN AUDITOR INDEPENDIENTE" RESUMEN 25.10.2014







NIA 705 OPINIÓN MODIFICADA EN EL INFORME  EMITIDO POR UN AUDITOR INDEPENDIENTE

Esta NIA trata de las tres tipos de opinión modificada que se dan en el informe de Auditoría, tales como la opinión con salvedades, opinión desfavorable y la abstención de opinión. Estas opiniones dependerán de la Naturaleza y el hecho de las incorrecciones materiales en los Estados Financieros, esto después de que el auditor concluya que la evidencia encontrada no es suficiente y adecuada o que la evidencia no cumpla con las expectativas del auditor e induzcan a error.
Dependiendo del hecho de la Naturaleza de la Incorrección el Auditor podrá emitir una  opinión con salvedades, si los Estados Financieros contienen incorrecciones materiales pero dicho error es material pero no Generalizado, pero si dicho error que a juicio del auditor es Material y generalizado emitirá una opinión desfavorable.  Si hay una limitación al alcance de la Auditoria y no se pueda obtener evidencia suficiente y adecuada se emitirá una opinión con salvedades si dicho alcance es material pero se concluya que no es generalizado, de lo contrario emitirá una opinión desfavorable.

Cuando el Auditor emita una opinión modificada sobre los Estados Financieros, el Auditor deberá incluir en el informe de auditoría un párrafo con el título de “Fundamento de la Opinión con…” en el cual dará una pequeña descripción del porque de su opinión y el fundamento de la misma, según sea el caso que llevo al auditor a expresar dicha opinión.







Cabe mencionar que de acuerdo a la opinión expresada por el auditor, en el informe de Auditoría variara su forma de redacción y expresión, en el parrado de Responsabilidad del Auditor y de la opinión de los Estados Financieros. Esto se hace más notorio en cuando el Auditor exprese una opinión desfavorable, ya que en el párrafo de responsabilidad del Auditor empezara diciendo: “Que hemos realizado la Auditoria… y de Acuerdo a loa encontrado…” mientras que en los demás empieza diciendo “Hemos sido contratados para realizar la Auditoria…”

"NIA 700 FORMACIÓN DE LA OPINIÓN Y EMISIÓN DEL INFORME DE AUDITORIA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS" RESUMEN 18.10.2014


 
NIA 700 FORMACIÓN DE LA OPINIÓN Y EMISIÓN DEL INFORME DE AUDITORIA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS

Esta NIA define como el Auditor debe formase una opinión sobre los Estados Financieros, así como el esquema y la forma de cómo debe ser redactado el dictamen de la Auditoría realizada. Cabe mencionar que también este debe ser adecuado y de acuerdo al marco de información financiera utilizado en la Auditoria. Hay que recordar que hay dos tipos de marcos, una de propósito general y otro de cumplimiento.




El auditor deberá analizar y evaluar los hallazgos y conclusiones extraídas de la evidencia que se obtuvo de la auditoria para lo que puede ser la expresión de la opinión de los estados financieros. Vale la pena aclarar que este análisis y evaluación implica considerar si estos estados financieros han sido organizados y preparados con base en un marco de referencia de información financiera aplicable para informes financieros, además de considerar si los estados financieros cumplen con los requisitos reglamentarios.
 

En la formación de la opinión el Auditor debe ver si los Estados Financieros están preparados y presentados en todos sus aspectos importantes, esto de acuerdo al tipo de marco de referencia aplicable. Por lo cual el Auditor debe concluir si se ha obtenido la seguridad razonable de que el juego completo de los Estados Financieros están libre de incorrecciones materiales de importancia relativa o de fraude.  Para formase la opinión será determinante el tipo de evidencia encontrada por parte del auditor, recordando que la evidencia debe ser suficiente y adecuada.



Es importante también que el auditor determine si la información presentada en los estados financieros proporcione las revelaciones adecuadas, confiables, comparables y entendibles que permitan que los usuarios comprendan el efecto de las transacciones y hechos de importancia relativa, de acuerdo con la información comunicada y reflejada en dichos estados financieros.
 

                                                    

"NIA 620 UTILIZACION DEL TRABAJO DE UN EXPERTO DEL AUDITOR" RESUMEN 11.10.2014



 NIA 620 UTILIZACION DEL TRABAJO DE UN EXPERTO DEL AUDITOR
 
Esta NIA habla sobre el uso del trabajo del experto del auditor, esto cuando el auditor está auditando ciertas áreas las cuales no son de su conocimiento y para ello contrata a una persona con la experiencia y la capacidad necesaria para obtener la suficiente evidencia e información que el Auditor necesita para dar su opinión. Cabe mencionar que el experto del auditor es una persona experta distinta al área contable o a la Auditoria.


Cuando el Auditor crea necesario contar con la participación de un experto el auditor evaluara la competencia profesional, la experiencia de dicho experto, y la objetividad de dicho experto, ya que eso puede ser determinante para la opinión de los Estados Financieros. Hay que recordar que siempre existirá un riesgo sobre el uso del trabajo un experto, ya que este no puede ser la única opción, además pueden influir factores externos que puedan afectar dicha opinión o resultado, esto dependiendo del tipo de trabajo, sobre todo aquello que se basan en formulas estadísticas o aquellas proyecciones de mercado o existencias de recursos naturales.
 

El auditor debe evaluar el alcance y la oportunidad del trabajo del experto, para sacar las conclusiones adecuadas, si el trabajo se adecua a la información que el auditor necesita. También el informe proporcionado por el experto constituye evidencia de auditoria y al Auditor debe guardarlo ya que forma parte de sus papeles de trabajo y de respaldo para su opinión.


Aunque se haya utilizado el trabajo del experto, el Auditor no se desliga de su responsabilidad, ya que este emite opinión en nombre propio. Cabe mencionar que el Auditor no ara mención del uso del trabajo del experto, a menos que las leyes reglamentarias lo exijan.



"NIA 610 UTILIZACION DEL TRABAJO DE LOS AUDITORES INTERNOS" RESUMEN 11.10.2014




 NIA 610 UTILIZACION DEL TRABAJO DE LOS AUDITORES INTERNOS

Esta NIA habla sobre si el uso del trabajo de los Auditores internos de una entidad, y dicta los parámetros a evaluar, sobre la independencia y el profesionalismo de los Auditores internos sobre su trabajo de auditoria; esto debido que podría haber sesgo profesional en el informe de los auditores internos, ya que estos no son del todo independientes, ya que le rinden a la Gerencia de la misma.




El Auditor externo deberá evaluar el trabajo del Auditor Interno, y que este cumpla con los parámetros que dictan la profesión, así como la independencia de las operaciones de la empresa con estos, ya que en algunos casos el auditor interno valida procesos de información e incluso operaciones respecto a contabilización de la información para los Estados Financieros.

 
Cuando el auditor externo cree necesario usar el trabajo de los Auditores internos, este documentara  lo adecuado del uso del trabajo específico de los auditores internos, cuyo trabajo debe ser documentado, revisado y supervisado de forma pertinente, y así demostrar si la evidencia de auditoria  fue  suficiente para permitir que los auditores internos saquen conclusiones razonables, además de la coherencia que exista entre los informes de los auditores internos con los resultados del trabajo realizado por los mismos, y más aún tener claridad si los asuntos inusuales detectados por los auditores internos fueron resueltos de manera adecuada.